Si eres persona natural y durante el año gravable generaste ingresos, puede que estés obligado a presentar la declaración de renta ante la DIAN. No esperes a que te llegue un requerimiento: presentar a tiempo evita sanciones, intereses y más trámites. Aquí te explico de forma clara quién debe declarar, cuándo y cómo hacerlo.
¿Quién está obligado a declarar renta?
Estás obligado a presentar declaración de renta si, durante el año gravable, cumples alguna de las siguientes condiciones que establece la DIAN:
- Fuiste responsable del IVA al 31 de diciembre del año gravable.
- Tu patrimonio bruto al 31 de diciembre supera 4.500 UVT.
- Tus ingresos brutos en el año son iguales o superiores a 1.400 UVT.
- Tus consumos con tarjeta de crédito, o el valor total de tus compras y consumos, o tus consignaciones bancarias alcanzan o superan 1.400 UVT. Estas cifras se actualizan cada año. Según la DIAN, para el año gravable 2024 el plazo de presentación será entre agosto y octubre de 2025.
- La DIAN publica una sección específica para personas naturales en su micrositio “Renta personas naturales – AG 2023” https://micrositios.dian.gov.co/renta-personas-naturales-ag-2023
¿Cuándo debes presentarla? Fechas y plazos?
La DIAN publica un calendario tributario oficial que asigna las fechas según los dos últimos dígitos de tu NIT para personas naturales
https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx
¿Qué pasa si no declaras o lo haces tarde?
No presentar la declaración o presentarla fuera de plazo puede acarrear sanciones, intereses y otros cargos. Por ejemplo, se indicó que quien no presenta puede enfrentar sanción del 5 % mensual del impuesto no declarado.
Si la DIAN te manda un requerimiento y lo haces en ese momento, la sanción suele ser mayor que si lo presentas voluntariamente dentro del plazo.
Pasos prácticos para que no te compliques (Check-List)
- Verifica si estás obligado: revisa tus ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones contra los topes que establece la DIAN.
- Actualiza tu RUT si hubo cambios de actividad o domicilio.
- Reúne los soportes: certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios, comprobantes de compras, seguros, pensiones.
- Diligencia el formulario correspondiente (para personas naturales, la DIAN suele usar el Formulario 110) de la versión vigente.
- Presenta por los servicios informáticos de la DIAN (Renta Web o el servicio que la DIAN indique) dentro del plazo.
- Si tienes impuesto a pagar, hazlo antes de la fecha límite para evitar intereses.
- Guarda el comprobante de presentación y pago.
- Si tienes dudas complejas o situación poco común, busca asesoría contable para prever errores o sanciones.
Si eres persona natural y durante el año gravable generaste ingresos, puede que estés obligado a presentar la declaración de renta ante la DIAN. No esperes a que te llegue un requerimiento: presentar a tiempo evita sanciones, intereses y más trámites. Aquí te explico de forma clara quién debe declarar, cuándo y cómo hacerlo.
¿Quién está obligado a declarar renta?
Estás obligado a presentar declaración de renta si, durante el año gravable, cumples alguna de las siguientes condiciones que establece la DIAN:
- Fuiste responsable del IVA al 31 de diciembre del año gravable.
- Tu patrimonio bruto al 31 de diciembre supera 4.500 UVT.
- Tus ingresos brutos en el año son iguales o superiores a 1.400 UVT.
- Tus consumos con tarjeta de crédito, o el valor total de tus compras y consumos, o tus consignaciones bancarias alcanzan o superan 1.400 UVT. Estas cifras se actualizan cada año. Según la DIAN, para el año gravable 2024 el plazo de presentación será entre agosto y octubre de 2025.
- La DIAN publica una sección específica para personas naturales en su micrositio “Renta personas naturales – AG 2023” https://micrositios.dian.gov.co/renta-personas-naturales-ag-2023

¿Cuándo debes presentarla? Fechas y plazos?
La DIAN publica un calendario tributario oficial que asigna las fechas según los dos últimos dígitos de tu NIT para personas naturales
https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx
¿Qué pasa si no declaras o lo haces tarde?
No presentar la declaración o presentarla fuera de plazo puede acarrear sanciones, intereses y otros cargos. Por ejemplo, se indicó que quien no presenta puede enfrentar sanción del 5 % mensual del impuesto no declarado.
Si la DIAN te manda un requerimiento y lo haces en ese momento, la sanción suele ser mayor que si lo presentas voluntariamente dentro del plazo.
Pasos prácticos para que no te compliques (Check-List)
- Verifica si estás obligado: revisa tus ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones contra los topes que establece la DIAN.
- Actualiza tu RUT si hubo cambios de actividad o domicilio.
- Reúne los soportes: certificados de ingresos y retenciones, extractos bancarios, comprobantes de compras, seguros, pensiones.
- Diligencia el formulario correspondiente (para personas naturales, la DIAN suele usar el Formulario 110) de la versión vigente.
- Presenta por los servicios informáticos de la DIAN (Renta Web o el servicio que la DIAN indique) dentro del plazo.
- Si tienes impuesto a pagar, hazlo antes de la fecha límite para evitar intereses.
- Guarda el comprobante de presentación y pago.
- Si tienes dudas complejas o situación poco común, busca asesoría contable para prever errores o sanciones.
Cambios y novedades que debes tener en cuenta
La normativa tributaria y los formularios que usa la DIAN se actualizan cada año: nuevos topes en UVT, nuevos formularios, nuevas obligaciones de reporte. Por ello, antes de declarar revisa la Resolución, el instructivo del formulario y los servicios informáticos habilitados para ese año gravable.
Conclusión
- Si eres persona natural y tuviste ingresos, patrimonio o consumos superiores a los topes que fija la DIAN, probablemente estés obligado a declarar renta.
- No esperes a que te llegue un requerimiento: presenta en el plazo según tu NIT y evita sanciones.
- Consulta el calendario oficial de la DIAN para saber la fecha exacta que te corresponde: https://www.dian.gov.co/Paginas/CalendarioTributario.aspx y el https://www.dian.gov.co/Calendarios/Calendario_Tributario_2025.pdf
- Mantente al día con los cambios normativos: los topes y formularios pueden variar.