Hasta el 4 de diciembre de 2019 nos quedó la idea de concebir las pymes como empresas de hasta 10 empleados y con activos de 500 SMMLV (Salario Mensual Mínimo Legal Vigente). Esto es porque el decreto 957 del 9 de junio de 2019, del Ministerio de Comercio e Industria, estableció que la clasificación de las empresas en Colombia solo se determina gracias a los ingresos anuales por actividades ordinarias.
Es decir, ya no importa cuántos empleados hay en tu organización o el valor de los activos, sino exclusivamente el ingreso que entra a la empresa. Esta nueva clasificación tiene por objetivo acercarse a la realidad del tejido empresarial e identificar cuáles son las Pymes que realmente necesitan un apoyo para crecer, así tenga más de 10 empleados.
En el nuevo decreto, la clasificación empresarial se distribuye en tres diferentes macrosectores: Manufactura, Servicios y Comercio.
Hay muchas empresas que pueden quedar fuera de alguna de estas clasificaciones así que, para ellos, el decreto las agrupa en los umbrales determinados para el macrosector de manufactura.
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